martes, 6 de septiembre de 2011

Situación de Becas y Créditos



SITUACIÓN BECAS Y CRÉDITOS


Por acuerdo entre el Ministerio de Educación y el Consejo de Rectores se constituyó, con fecha 25 de agosto de 2011, un Comité de Coyuntura, conformado por representantes de ambas entidades para viabilizar la normalización de las actividades académicas en estas universidades.

El informe detallado sobre la situación académica, a raíz de las movilizaciones estudiantiles, de cada una de las 25 universidades que conforman el Consejo de Rectores, entregado por las propias instituciones, hace urgente la adopción de medidas que permitan normalizar a la brevedad sus actividades académicas para evitar el potencial perjuicio a los beneficios de becas y créditos asignados a los estudiantes.

El Comité de Coyuntura se hace eco de la necesidad de avanzar en la finalización del primer semestre como condición necesaria para dar inicio al segundo semestre a más tardar los primeros días de octubre. La fecha establecida para estos efectos por el Consejo de Rectores, responde a una programación responsable, que permita a las instituciones a las que agrupa concluir su año académico con normalidad a fines del mes de enero, garantizando los estándares de calidad en la entrega de los contenidos.

La preocupación del Consejo de Rectores y del Ministerio de Educación se centra en tratar de apoyar y acompañar el proceso de normalización de clases, de modo de garantizar a los estudiantes su derecho a una educación de calidad y a que no vean afectados sus beneficios de becas y créditos, para lo cual el Comité de Coyuntura ha solicitado al Ministerio de Educación colocar a disposición de los estudiantes toda la información relativa a la normativa vigente de becas y créditos que sea pertinente, de manera que los estudiantes puedan adoptar las medidas correspondientes para no comprometer la continuidad del beneficio ya obtenido.

En este contexto, y en una primera bajada, los grandes lineamientos que rigen esta materia están dados por:

En el caso de las Becas:

Las becas se otorgan sólo por el período reglamentario de duración de la carrera, de conformidad a lo que se indique en la malla curricular proporcionada cada año por la institución respectiva, excluyéndose de este período el proceso de titulación, período de prácticas profesionales o laborales, salvo que estos se encuentren incluidos en la duración de la misma malla curricular.
Para renovar las becas los beneficiarios deben:
  1. Mantener la condición de alumno regular de la carrera e institución de educación superior respectiva.
  2. Haber aprobado, a lo menos, el 60% de las asignaturas inscritas durante el primer año académico. Para los cursos superiores, deberá tener aprobado el 70% de las asignaturas inscritas en el respectivo año.
  3. Excepcionalmente, podrán continuar con el beneficio obtenido aquellos alumnos que hayan debido suspender sus estudios por razones de salud, embarazo, servicio militar, cambios significativos en la condición socioeconómica o razones de fuerza mayor u otra que informe la Institución de Educación Superior. La suspensión deberá ser debidamente documentada por certificado emitido por el Departamento de Bienestar Estudiantil o la repartición respectiva de la institución. En todo caso, la suspensión será autorizada por el Ministerio de Educación y hasta por el período máximo de un año académico (plazo para tramitar suspensiones, según calendario oficial 2011, 1 al 30 de septiembre del 2011).
  4. Algunos de los programas de becas otorgados por la JUNAEB se asignan semestralmente, razón por la cual debe certificarse el término del primer semestre y la inscripción como alumno regular para el segundo semestre.

En el caso del Fondo Solidario:
El Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU) se otorga por los semestres regulares de duración de la carrera, con la posibilidad de una extensión de este período hasta un 50%, en la medida que cumpla los requisitos de avance académico.
Para renovar el FSCU el estudiante debe:
  1. Tener matrícula vigente para el año académico 2011.
  2. Ser alumno regular de la carrera e institución en la que se otorgó el beneficio.
  3. Mantener la condición de necesidad socioeconómica que lo hizo acreedor al beneficio.
  4. A partir del tercer semestre, haber aprobado al menos el 50% de las asignaturas inscritas, de manera acumulada.
  5. Excepcionalmente, podrán continuar con el beneficio obtenido aquellos alumnos que hayan debido suspender sus estudios por razones de salud, embarazo, servicio militar, cambios significativos en la condición socioeconómica o razones de fuerza mayor u otra que informe la Institución de Educación Superior. En este caso, la autorización de suspensión depende de la aprobación de suspensión de estudios otorgada por la Universidad al estudiante.


Detalle Becas JUNAEB de Educación Superior:


Santiago, 05 de septiembre de 2011.
División de Educación Superior / Ministerio de Educación.

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